Unificación de criterios sobre la exoneración de deudas aplicables a partir del 20 de marzo de 2026
Los Jueces de lo Mercantil de Murcia han fijado un nuevo criterio sobre la EPI: desde el 20 de marzo de 2026, la exoneración solo alcanzará a los créditos incluidos e identificados por el deudor en la lista de acreedores aportada al procedimiento, reforzando la exigencia de transparencia y evitando exoneraciones genéricas. También se clarifica el tratamiento del crédito público y su alcance exonerable.